¿Qué tienes que saber?
Es el trámite para ejercer los derechos relacionados con la protección de datos de las personas físicas.
Puedes ejercer tus derechos sobre los datos personales que trata la Generalitat de Catalunya dirigiéndote al responsable del tratamiento. Los derechos que puedes ejercer son los siguientes:
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Acceder a tus datos personales.
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Rectificar datos incorrectos.
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Solicitar el borrado de tus datos.
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Oponerte al tratamiento de tus datos.
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Limitar el tratamiento de tus datos.
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No ser objeto de decisiones automatizadas que te afecten.
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Revocar el consentimiento dado previamente.
Para ejercer cualquiera de estos derechos, solo hay que presentar una solicitud a través de este trámite.
Puedes hacerlo en nombre propio o en representación de otra persona.
No hace falta que justifiques el motivo de tu solicitud (es decir, no tienes que demostrar ningún interés personal ni basarte en ninguna ley o regulación).
A cualquier persona que tenga catorce años o más.
Lo puedes solicitar en cualquier momento.
- Tener catorce años o más.
- Si eres menor de catorce años, ha de presentar la solicitud tu representante, padre, madre o tutor legal.
No tienes que pagar tasas para este trámite.
No obstante, ten en cuenta que, si solicitas la información en un formato que suponga un coste desproporcionado, la solicitud se considerará excesiva y, por tanto, deberás abonar el exceso del coste que conlleve.
- Derechos ARSO-POL en el ámbito de salud
Si quieres presentar un derecho ARSO-POL relacionado con tus datos personales en el ámbito de salud, puedes hacerlo en este enlace.
- Derechos ARSO-POL en materia policial
Recordamos que la competencia para resolver los derechos ARSOPOL respecto a datos personales en materia policial se resolverán por los órganos correspondientes. Por lo que estos derechos se tendrán que ejercitar ante el sistema de informació n de la policía (SIP) Personas físicas y en los SIP personas físicas menores.
- Derechos ARSO-POL respecto a procedimientos judiciales
Si queréis presentar un derecho ARSO-POL relacionado con vuestros datos personales en un procedimiento judicial lo podéis hacer ante el órgano judicial que corresponda en este enlace.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Hacer la solicitud
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Consulta el estado del trámite a través de estos canales:
Consulta el estado del trámite a través de estos canales:
- Área privada (con el idCAT Móvil o el certificado digital), si eres un particular.
- Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI o NIF).
- Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI o NIF).
- Cualquier oficina de atención ciudadana (OAC).
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo recibiré la respuesta?
¿Cuándo recibiré la respuesta?
Recibirás la resolución con la respuesta de la Administración en el plazo máximo de un mes.
No obstante, ten en cuentaque hay algunos casos en los que el plazo de un mes puede suspenderse o ampliarse (lo establece el RGPD).
¿Qué respuesta recibiré?
Una vez hayas presentado la solicitud, recibirás:
Primero, una comunicación que te informará de que se inicia la tramitación. Además, se te indicará:
- El día en que se ha recibido la solicitud.
- El órgano responsable de resolverla.
- La fecha máxima para resolverla.
Después, un documento de resolución (respuesta) a tu solicitud de ejercicio de derechos ARSO-POL.
¿Cómo recibiré la respuesta?
- Si has realizado el trámite por internet, recibirás un correo electrónico o un SMS con el enlace a la notificación. Podrás acceder a ella a través del Área privada.
- Si has realizado el trámite presencialmente, recibirás un correo electrónico o un SMS con un enlace a la notificación. Podrás acceder a ella a través del Área privada.
- Si no has aceptado recibir notificaciones electrónicas, recibirás la notificación por correo postal.
¿Puedo presentar un recurso? ¿Qué plazos tengo para hacerlo?
Si no estás de acuerdo con esta resolución, dispones de cuatro órganos ante los que puedes presentar un escrito de disconformidad (no puedes recurrir ante más de un órgano a la vez):
- Generalitat de Catalunya, Departamento de la Presidencia. Contra esta resolución puede interponerse, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de notificación, un recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Delegado de protección de datos. Es la persona encargada de velar por el derecho fundamental a la protección de datos personales y de supervisar el cumplimiento de la normativa reguladora. Puedes dirigirte a él para tratar cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de tus datos.
- Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT). Es un órgano independiente que vela por la garantía del derecho a la protección de datos en el ámbito de las administraciones públicas de Cataluña. Puedes presentar una reclamación gratuita una vez hayan transcurrido los 30 días que tiene la Administración para entregarte la información.
- Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Puedes presentar un recurso judicial, denominado recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de notificación de la resolución. Ten en cuenta que es necesaria la asistencia de un abogado.