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  • Subvenciones Eurodistrito para proyectos de cooperación en el Espacio Catalán Transfronterizo
8417 - Subvencions pluriennals Eurodistricte al desenvolupament de projectes de cooperació a l'Espai Català Transfronterer Departament de la Presidència web
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicita la subvención
  2. 2. Recibe la respuesta de la Administración
  3. 3. Acepta la subvención y adjunta la documentación
  4. 4. Recibe la subvención
  5. 5. Justifica la subvención
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Subvenciones Eurodistrito para proyectos de cooperación en el Espacio Catalán Transfronterizo

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Normativa

  • Resolución PRE/1420/2026, de 5 de mayo, por la que se abre la convocatoria correspondiente al año 2026 para la concesión de las subvenciones plurianuales Eurodistrito para el desarrollo de proyectos de cooperación en el Espacio Catalán Transfronterizo 2026-2027

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9662  publicado el 11/05/2026)
  • CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Orden PRE/93/2021, de 29 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones plurianuales Eurodistrito para el desarrollo de proyectos de cooperación en el Espacio Catalán Transfronterizo (DOGC núm. 8400, de 3.5.2021).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8417  publicado el 25/05/2021)
  • ORDEN PRE/93/2021, de 29 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones plurianuales Eurodistrito para el desarrollo de proyectos de cooperación en el Espacio Catalán Transfronterizo.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8400  publicado el 03/05/2021)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?
És el trámite para solicitar subvenciones destinadas a proyectos transfronterizos de cooperación desarrollados en el territorio del Espacio Catalán Transfronterizo.
 
Los proyectos subvencionados deben empezar durante el año de la convocatoria y deben finalizar, como máximo, el 30 de junio del año siguiente.
 
  • Plazo para presentar solicitudes de la convocatoria 2026-2027: del 12 de mayo al 11 de junio de 2026.
  • Plazo para justificar las subvenciones de la convocatoria 2025-2026: hasta el 31 de agosto de 2026.
Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de la Presidència
  • Casa de la Generalitat a Perpinyà
¿A quién va dirigido?
Entidades
Otras administraciones
  • A asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro con presencia en el territorio del Eurodistrito del Espacio Catalán Transfronterizo (comarcas de la demarcación de Girona y departamento de los Pirineos Orientales).
  • A las administraciones locales y sus entes u organismos dependientes y las universidades públicas de las comarcas de la demarcación de Girona. En el caso de entes locales se tiene que tramitar por EACAT
Plazos

Del 12 demayo al 11 de junio del 2026, ambos incluidos.

Documentación

En el paso 2 'Aceptar la subvención y adjuntar la documentación'

  • Formulario de aceptación de la propuesta provisional
  • Impreso normalitzado de domiciliación bancaria: solicitud de transferencia bancaria (àrea SEPA) (Tipo de fchero: pdf).
Junto con el documento de aceptación cada entidad deberá presentar la documentación a aportar establecida en el anexo de la propuesta provisional. Esta documentación puede incluir uno o varios de los siguientes documentos:

a) Estatutos o documentación relativa a la personalidad jurídica y la capacidad de obrar de la entidad, actualizada e inscrita en el registro correspondiente.
b) Documentación acreditativa de la representación con que actúa el firmante de la solicitud.
c) Impreso normalizado de domiciliación bancaria debidamente conformado por la entidad bancaria de la entidad solicitante de acuerdo con lo establecido por el Reglamento (CE) 260/2012. No se requerirá esta documentación a las entidades propuestas como beneficiarias cuando se verifique que los datos bancarios que se indican en el formulario normalizado de solicitud ya están validadas en los sistemas de gestión económica de la Administración de la Generalitat de Catalunya.
 
Junto con el formulario de aceptación se puede presentar la reformulación del proyecto y del presupuesto si el importe de la subvención de la propuesta provisional es inferior a la solicitada, para ajustarlo a la subvención atorgable de acuerdo con aquello establecido en la base 13.3 de la Orden PRE/93/2021, de 29 de abril.

En el paso 5: Justificación de la subvención

Fundaciones, otras entidades privadas sin ánimo de lucro y universidades:

  • Una memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, actividad o proyecto subvencionado, en la que se indiquen las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
  • Una memoria económica sobre el coste de las actividades realizadas, que incluya:
    • Una relación clasificada de los gastos de la actividad, según el modelo normalizado, con la identificación del acreedor, número de factura o documento equivalente de valor probatorio en el tráfico mercantil, importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.
    • Una declaración responsable de la persona beneficiaria con el siguiente contenido mínimo:
      • Que los justificantes de gasto se han imputado a las distintas fuentes de financiación de forma que no se supera el importe unitario de cada justificante.
      • Que el total de las fuentes de financiación no supera el coste de la actuación subvencionada.
      • Que se dispone de un sistema de contabilidad separada o que los justificantes de gasto tienen asignado un código contable común a las transacciones relacionadas con la actuación subvencionada.
    • La liquidación del presupuesto, en la que se indiquen y, en su caso, se motiven las desviaciones respecto al presupuesto inicial.
    • Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia. Cuando los justificantes de gasto se imputen parcialmente a otras subvenciones, deberá indicarse la cuantía exacta o el porcentaje imputado a cada una, con la identificación de los órganos concedentes.
    • Los presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, haya solicitado la persona beneficiaria.

Administraciones locales y entes dependientes:

Deberán justificar el cumplimiento del objeto de la subvención mediante:

a) Certificado de la persona titular de la intervención o secretaría-intervención, que emita una declaración responsable con el siguiente contenido mínimo:

  • Que el importe de la subvención (identificación de la actuación subvencionada) ha sido registrado en la contabilidad.
  • Que la relación de gastos adjunta corresponde a actuaciones subvencionables, justificadas mediante facturas u otros documentos contables de valor probatorio equivalente, y que han sido realizadas y pagadas dentro de los plazos establecidos en la convocatoria y en las bases reguladoras.
  • Que el objeto subvencionado ha sido ejecutado de acuerdo con las bases reguladoras de la subvención y la normativa aplicable.
  • Que el total de las fuentes de financiación no supera el coste de la actuación subvencionada.
  • Que la documentación original acreditativa de los gastos realizados está a disposición del órgano concedente, de la Intervención General de la Generalitat y de la Sindicatura de Cuentas.

La relación de gastos mencionada deberá seguir el modelo normalizado de cuenta justificativa.

b) Una memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, actividad o proyecto subvencionado, en la que se indiquen las actividades realizadas y los resultados obtenidos.

Plan de verificación:

El órgano instructor, con el fin de comprobar el cumplimiento de la finalidad de la subvención concedida, así como la exactitud, conformidad e integridad de la documentación justificativa del gasto efectuado, realizará un plan de verificación a aquellas entidades con forma jurídica de fundaciones, otras entidades privadas sin ánimo de lucro y universidades, de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 de la convocatoria.

Documentos

Guía para la tramitación electrónica de solicitudes vía Trámites Gencat

Guía para la tramitación electrónica de solicitudes vía EACAT

Requisitos
Requisitos de los beneficiarios: Artículo4 de la ORDEN PRE/93/2021 (bases reguladoras)
 
Los proyectos deben situarse en el territorio del Eurodistrito del Espacio Catalán Transfronterizo (comarcas de la demarcación de Girona y departamento de los Pirineos Orientales) y adecuarse a una de las siguientes temáticas:
  • Desarrollo socioeconómico.
  • Educación.
  • Turismo.
  • Deportes.
  • Cultura.
  • Juventud.
  • Medio ambiente.
  • Acción social.
  • Igualdad y género.
Tasas
Este trámite és gratuito.
Criterios de valoración
Las solicitudes se valoran con una puntuación máxima de 100 puntos de acuerdo con los siguientes criterios:
  1. Calidad del partenariado (máximo 20 puntos): se priorizarán los proyectos que fomenten una cooperación sólida y duradera entre socios situados a ambos lados de la frontera, y los proyectos transfronterizos de integración estructural conjunta o sectorial.

  2. Valor añadido transfronterizo (máximo 20 puntos): se priorizarán los proyectos de cooperación estratégicos para la vertebración del Eurodistrito del Espacio Catalán Transfronterizo, con una proyección transfronteriza comprobada y eficiente, así como los proyectos en los que los socios del departamento los Pirineos Orientales deberán duplicado la petición, con la presentación de una solicitud en el marco de la convocatoria paralela del Consejo General de los Pirineos Orientals.La valoración de este criterio se hará de la siguiente forma:
    - Valoración del carácter transfronterizo (máximo de 10 puntos).
    - Calidad del proyecto (máximo de 10 puntos).

  3. Viabilidad (máximo 60 puntos): se comprobará la validez técnica y financiera de los proyectos de los que se espera un impacto sobre el territorio.
    La valoración de este criterio se hará de la siguiente forma:
    - Definición de objetivos (máximo 20 puntos).
    - Adecuación de las actividades propuestas (máximo 10 puntos).
    - Resultados esperados (indicadores) (máximo 10 puntos).
    - Proporcionalidad y coherencia entre presupuesto y acciones del proyecto (máximo 10 puntos).
    - Proporcionalidad entre la subvención solicitada y el presupuesto (máximo 10 puntos).

Las solicitudes que obtengan una valoración inferior a 50 puntos no serán merecedoras de la ayuda.

 

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicita la subvención

    Plazos
    Del 12/05/2026 al 11/06/2026
    • Para tramitar este formulario tienes que firmar digitalmente.
    • Los entes locales tienen que ahcer la solicitud por EACAT.

    Por Internet

    Formulario electrònico de solicitud

    Iniciar . Acceder a Formulario electrònico de solicitud

    Formulario electrónico de solicitud para entidades locals (EACAT)

    Iniciar . Acceder a Formulario electrónico de solicitud para entidades locals (EACAT)
  2. 2

    Segundo paso

    Recibe la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    La resolución de concesión o denegación se notificará en un plazo máximo de seis meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).

    Una vez transcurrido este plazo, si no se ha dictado ni notificado una resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.

    ¿Cómo recibiré la respuesta?

    Las propuestas provisionales de concesión, las resoluciones y los acuerdos sobre subvenciones se publican en el Tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya (e-Tauler). También pueden difundirse por otros medios electrónicos. Esta publicación tiene los mismos efectos que una notificación individual.

    ¿Puedo presentar un recurso si no estoy de acuerdo con la resolución?

    • Puedes presentar un recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Tablón electrónico de la Generalitat.
    • Puedes interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación en el Tablón electrónico.
  3. 3

    Tercer paso

    Acepta la subvención y adjunta la documentación

    Para tramitar este formulario tienes que firmar digitalmente

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación 2023

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación 2023

    Formulario de aportación de documentación 2024

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación 2024

    Formulario electrónico de solicitud para entidades locals (EACAT)

    Iniciar . Acceder a Formulario electrónico de solicitud para entidades locals (EACAT)

    Revisa el apartat Doocumentación para saber qué documentos tienes que aportar.

     

    Los entes locales tienen que hacer la aportación por EACAT.

  4. 4

    Cuarto paso

    Recibe la subvención

    El pago de la subvención se tramita de la manera siguiente:

    El pago de la subvención se tramita de la manera siguiente:

    • La tramitación de el 80% del importe de la subvención se iniciará en el momento de su concesión. Para el pago de este adelanto no se exige la prestación de garantía.
    • La tramitación de el 20% restante se iniciará una vez cumplida la obligación de justificación del gasto.
  5. 5

    Quinto paso

    Justifica la subvención

    Cuenta justificativa de las subvenciones Eurodistrito de la convocatoria 2025-2026 Las subvenciones recibidas de la convocatoria 2025-2026 deben justificarse de forma telemática hasta el 31 de [...]

    Plazos
    Del 16/04/2025 al 31/08/2026
    Cuenta justificativa de las subvenciones Eurodistrito de la convocatoria 2025-2026

    Las subvenciones recibidas de la convocatoria 2025-2026 deben justificarse de forma telemática hasta el 31 de agosto de 2026.

    Revisa el apartado “Documentación” para consultar qué documentación justificativa debes presentar para acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención y la correcta aplicación de los fondos recibidos.

    Plan de verificación:

    El órgano instructor comprobará el cumplimiento de la finalidad de la subvención concedida, así como la veracidad, la conformidad y la integridad de la documentación justificativa del gasto.

    Esta verificación se llevará a cabo mediante un plan de control que se aplicará a las entidades con forma jurídica de fundaciones, otras entidades privadas sin ánimo de lucro y universidades, de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 de la convocatoria  correspondiente al año 2025.

     

    Por Internet

    Formulario electrónico de justificación

    Iniciar . Acceder a Formulario electrónico de justificación

    Formulario electrónico de solicitud para entidades locals (EACAT)

    Iniciar . Acceder a Formulario electrónico de solicitud para entidades locals (EACAT)

    Los entes locales tienen que hacer la justificación por EACAT.

Fecha de actualización 15.04.2025
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