Para poder garantizar tu privacidad en este web y no dejar rastro de tu actividad, ten en cuenta lo siguiente:

Salir rápido

1. Dispones del botón Salir rápido para salir inmediatamente.

pdf

2. Cuando abras un PDF, simplemente visualízalo, sin guardarlo.

esborrar-historial

3. Asegúrate de borrar tu historial de navegación antes de salir.

mode-incognit

4. Utiliza la navegación privada o de incógnito.

Saltar al contenido principal
. Abrir en una nueva ventana.Logotipo de la Generalitat
Menú
  • Idioma: es
    • Català

Trámites Gencat

. Abrir en una nueva ventana.Logotipo de la Generalitat

| Trámites Gencat

  • Trámites
  • Trámites por temas
  • Información sobre una vivienda protegida
20894 - 20894_Informacio_habitatge_protegit Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica web
  • ¿Qué tienes que saber?
  • ¿Qué es?
  • ¿A quién va dirigido?
  • Plazos
  • Documentación
  • Requisitos
  • Tasas

Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar
  2. 2. Recibir la respuesta de la administración
  • Ir a: Solicitar
  • Ir a: ¿Qué es?
  • Ir a: ¿A quién va dirigido?
  • Ir a: Plazos
  • Ir a: Documentación
  • Ir a: Requisitos
  • Ir a: Tasas
  • Ir a: Pasos a realizar

Información sobre una vivienda protegida

Solicitar

QUIÉN
Ciudadanía | Empresas y profesionales
CÓMO
Por Internet | Presencialmente
CUÁNDO
En cualquier momento

Por Internet Iniciar
Presencialmente Consulta dónde
Saber más

Información sobre una vivienda protegida

Solicitar

Por Internet Iniciar
Presencialmente Consulta dónde
CUÁNDO
En cualquier momento

QUIÉN
CÓMO
Ciudadanía | Empresas y profesionales Por Internet | Presencialmente

¿Necesitas ayuda?

Suscripción a los avisos informativos

Recibirás información de novedades generales relacionadas con este trámite como el inicio de plazos, cambios en los formularios, etc...

Añadir como trámite favorito en el área privada

Estará siempre disponible y puedes elegir si ver los avisos informativos allí o recibirlos por correo.

Suscripción solo con un correo electrónico

Recibirás los avisos informativos en tu correo. Para gestionar las suscripciones, entra en tu área privada.

Normativa

  • LEY 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5686  publicado el 05/08/2010)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  236  publicado el 02/10/2015)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Las viviendas protegidas con alguna de las tipologías de protección oficial existentes tienen unas características determinadas y en el momento de hacer una transmisión (venta, alquiler, cesión de uso...) pueden tener unas limitaciones de precio o bien estar sometidas a la autorización de la Administración.

Antes de efectuar esta transmisión, hay que informarse de las condiciones y requisitos que se deben cumplir para llevarla a término de acuerdo con la normativa vigente.

Este trámite sólo se puede realizar presencialmente si es un particular.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos debe tramitar por internet . La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Si es un particular, para llevar a cabo este trámite de manera presencial recomendamos pedir cita previa, en este enlace, para la oficina que le corresponda.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Agència de l'Habitatge de Catalunya
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales

A propietarios de una vivienda protegida con alguna tipología de protección oficial que la quieran vender, alquilar o ceder el uso.

También la puede solicitar cualquier persona física o jurídica que tenga interés en obtener información de las condiciones de transmisión de una vivienda protegida en concreto.

Plazos

Este tramite puede solicitarse en qualquier momento antes de efectuar la transmisión de la vivienda

Documentación
  • Fotocopia de la escritura de compraventa donde se indican los datos de la protección oficial, o bien
  • Información del Registro de la Propiedad correspondiente en la que conste la dirección de la vivienda y los datos de la protección oficial.
Requisitos

Se tiene que presentar la solicitud con tiempo suficiente antes de efectuar la transmisión de la vivienda.

Es imprescindible facilitar el número de expediente de protección oficial.

Tasas

No hay tasas asociadas a este tramite

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Por Internet

    Acceder

    Iniciar . Acceder a Acceder

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat

    El solicitante, una vez se identifique Trámites gencat con su certificado digital, podrá comprobar todos los trámites que ha realizado, accediendo a la opción de menú "Area privada".

    Puede obtener más información sobre el funcionamiento de los trámites en el apartado Preguntas frecuentes de la ayuda. 

    Presencialmente

    Se puede presentar esta solicitud en:

    • Cualquier sede de la Agencia de la vivienda de Cataluña (en Barcelona c/ Diputación) y los servicios territoriales
    • Oficinas locales de vivienda

    Solicitud de información sobre una vivienda protegida

  2. 2

    Segundo paso

    Recibir la respuesta de la administración

    ¿Qué respuesta se recibe de la Administración?

    ¿Qué respuesta se recibe de la Administración?

    La respuesta contiene la información solicitada, además de otra información de interés:

    • Normativa de calificación de la vivienda protegida
    • Régimen jurídico y plazo de calificación
    • Precio máximo de venta (o alquiler, en su caso)
    • Si es necesario autorización de la Generalidad o no para hacer la transmisión
    • Condiciones que deben cumplir los adquirentes
    • Visado del contrato de transmisión (qué es y cómo se tramitará)
    • Cláusulas obligatorias que deben constar en el contrato de transmisión

    En los casos que proceda, de acuerdo con la normativa de calificación de la vivienda protegida, también se dará información sobre:

    • Si se puede descalificar o no.
    • Si la Administración de la Generalidad tiene un derecho de opción preferente o no

    ¿Como se recibe la respuesta de la Administración?

    Por correo ordinario a la dirección que se haya indicado en el formulario o bien mediante la notificación electrónica del web gencat.cat

    ¿Cuando se recibe respuesta de la Administración?

    El plazo estimado para recibir la respuesta a la información solicitada es de tres meses.

    ¿Se puede presentar un recurso?

    No. Se trata de una información, no de una resolución.

     

Fecha de actualización 06.02.2023
Loading...
www.gencat.cat
  • Aviso legal
  • Política de cookies
  • Accesibilidad