¿Qué tienes que saber?
Este trámite solo lo podéis hacer por internet.
Organismo responsable
- A universidades públicas y privadas del sistema universitario catalán
- A institutos universitarios, interuniversitarios o adscritos a una o más universidades públicas catalanas
- Centros de investigación CERCA del ámbito de las ciencias sociales
- Entidades con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro cuyo objeto principal sea la investigación en ciencias sociales, creadas o participadas por la Generalitat de Catalunya, universidades públicas catalanas u otras entidades públicas de Cataluña.
Del 7 al 29 de septiembre de 2026
- Documentación que debe adjuntarse en el formulario de solicitud, en el Paso 1 'Solicita la subvención':
- Proyecto de investigación
- Currículum de los miembros del equipo
- Documentación que debe adjuntarse al formulario de justificación, en el paso 4 «Justifica la subvención»:
- Una cuenta justificativa con los justificantes de gasto, en formato Excel.
- Una memoria de las actividades realizadas durante el período de ejecución del proyecto de investigación y de los resultados académicos obtenidos.
- El trabajo de investigación resultante, firmado electrónicamente por la persona responsable del equipo de investigación.
Documentos
Según la base 6 del anexo de la Orden PRE/92/2026, de 27 de mayo, deben cumplirse los requisitos y condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y, en particular, los siguientes:
- Respetar la normativa sobre propiedad intelectual.
- Cumplir los principios éticos y de transparencia exigidos por la Administración.
- Respetar la normativa lingüística de Cataluña.
- Disponer de medidas para prevenir y actuar frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
- Las empresas de más de 50 trabajadores también deberán contar con medidas y protocolos para garantizar los derechos de las personas LGBTI.
- No haber sido sancionadas ni condenadas por prácticas discriminatorias durante los últimos cinco años.
- Cumplir la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad (o las medidas alternativas previstas) si cuentan con 50 o más trabajadores.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Garantizar la igualdad de trato entre mujeres y hombres y, cuando sea obligatorio, disponer de un plan de igualdad.
- Tener inscrito el plan de igualdad en el registro correspondiente cuando la normativa así lo exija.
- Aplicar medidas de transparencia salarial, como el registro retributivo y, en su caso, la auditoría salarial.
Este trámite es gratuito.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Solicita la subvención
Plazos
Del 07/09/2026 al 29/09/2026 -
2
Segundo paso
Aporta documentación
Una vez que hayas enviado la solicitud, el Instituto de Estudios del Autogobierno puede pedirte documentación adicional en diferentes fases del procedimiento de concesión de la subvención. Podrás aportarla mediante este formulario.
Con este formulario también puedes:
- Presentar alegaciones.
- Aceptar la subvención.
- Desistir de la solicitud.
-
3
Tercer paso
Recibe la respuesta de la Administración
¿Cuándo recibiré la respuesta?
¿Cuándo recibiré la respuesta?
En el plazo máximo de seis meses desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGC.
Transcurridos seis meses sin que se haya dictado y notificado la resolución, las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
¿Qué respuesta recibiré?
La resolución puede ser:
- De desistimiento: cuando la persona solicitante no aporte la documentación requerida.
- De inadmisión: cuando la persona solicitante no cumpla los requisitos o cuando la solicitud de subvención se haya presentado fuera de plazo.
- Provisional de concesión.
- De concesión.
Las resoluciones de desistimiento, inadmisión y concesión se notificarán a las personas interesadas mediante su publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, accesible desde la Sede electrónica, sin perjuicio de que puedan utilizarse adicionalmente otros medios electrónicos de comunicación.
Esta publicación sustituye a la notificación individual y produce los mismos efectos.
¿Puedo presentar un recurso?
Contra la resolución de inadmisión puedes interponer un recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de la Presidencia en el plazo de un mes desde la notificación.
Contra la resolución de concesión puedes interponer:
- Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses desde la notificación.
- Recurso de reposición ante la persona titular del Departamento de la Presidencia, en el plazo de un mes.
-
4
Cuarto paso
Justifica la subvención
Al día siguiente de finalizar el periodo de ejecución del proyecto (24 meses desde la concesión de la ayuda), se abrirá un plazo de un mes para presentar la justificación económica y académica del proyecto.
Las personas beneficiarias deberán presentar, a través del formulario de justificación, la documentación establecida en la base 15 de la Orden PRE/92/2026, de 27 de mayo:
- Una cuenta justificativa con los justificantes de gasto, en formato Excel.
- Una memoria de las actividades realizadas durante el periodo de ejecución del proyecto de investigación y de los resultados académicos obtenidos.
- El trabajo de investigación resultante, firmado digitalmente por la persona responsable del equipo de investigación.