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6376 - Llistats de col·legis professionals Departament de Justícia i Qualitat Democràtica web
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar
  2. 2. Consultar el estado del trámite
  3. 3. Recibir la respuesta de la Administración
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Normativa

  • LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8124  publicado el 30/04/2020)
  • LEY 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  4651  publicado el 09/06/2006)
  • DECRETO 329/1983, de 7 de julio, de aprobación del Reglamento de Colegios Profesionales de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  360  publicado el 02/09/1983)
  • ORDEN de 31 de octubre de 1983, por la que se crea el Registro de Colegios Profesionales dentro del Departament de Just cia y se regula su funcionamiento.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  390  publicado el 16/12/1983)
  • ORDEN JUS/106/2020, de 30 de junio, por la que se da publicidad a la relación de tasas vigentes que gestiona el Departamento de Justicia.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8168  publicado el 03/07/2020)
  • LEY 1/2021, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2022.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8575  publicado el 31/12/2021)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El Departamento de Justicia proporciona los listados de los colegios y consejos de colegios inscritos en el Registro de Colegios Profesionales de la Generalitat a las personas que lo soliciten.

Este trámite sólo se puede realizar presencialmente si es un particular.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitarlo por internet con certificado digital.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Justícia i Qualitat Democràtica
  • Direcció General de Dret, Entitats Jurídiques i Gestió Adequada de Conflictes
¿A quién va dirigido?
Entidades

A cualquier persona física o jurídica.

Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación

Documentos

Preguntas más frecuentes tramitación electrónica

Tasas

11,45 €

El pago de la tasa se puede hacer en cualquier cajero automático de CaixaBank con una tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad o, si se dispone de una, con una libreta o una cuenta corriente de CaixaBank. El pago también se puede hacer por internet, mediante la opción de pagos en línea de la web de CaixaBank. Hay que conservar el resguardo justificativo del pago como comprobante.

 

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Este trámite se puede hacer por internet con certificado digital.

    Para garantizar que está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, es necesario que cada vez que los haya de usar le los descargue. Si reutilice los documentos se puede dar el caso que presente una versión obsoleta.

    Por Internet

    Solicitar los listados

    Iniciar . Acceder a Solicitar los listados

    ¿Cómo hacerlo?

    1. Descargar el formulario.
    2. Rellene, valide y guarde el formulario.
    3. Envía a tramitar y recibirá el acuse de recibo.

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat

    Presencialmente

    Para rellenar correctamente el formulario debe disponer del software Adobe Reader (versión 9.1 o superior)

    Consulte cómo descargar formularios en PDF
    Consulte cómo configurar el Adobe Reader

    El formulario se puede presentar en cualquiera de los lugares y por los medios que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En el caso de optar por presentar el formulario en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.

    Solicitud presencial

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Serveis Territorials del Departament de Justícia a Girona . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials del Departament de Justícia a Lleida . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials del Departament de Justícia a Tarragona . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials del Departament de Justícia a les Terres de l'Ebre . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Girona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a les Terres de l'Ebre . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana del Districte Administratiu . Abrir en una nueva ventana.
  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Por Internet

    Para consultar el estado de tramitación se puede utilizar el apartado Estado de mis gestiones d'aquest portal. En el caso de haber hecho la solicitud con certificado digital también se puede utilizar el apartado Área privada en este mismo portal.

    Presencialmente

    Si se dirige a la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas, hay que llamar previamente.

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Serveis Territorials del Departament de Justícia a Tarragona . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials del Departament de Justícia a Girona . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials del Departament de Justícia a les Terres de l'Ebre . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials del Departament de Justícia a Lleida . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a les Terres de l'Ebre . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana del Districte Administratiu . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Girona . Abrir en una nueva ventana.
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuál es la respuesta de la Administración?

    ¿Cuál es la respuesta de la Administración?

    Si se cumplen los requisitos legales, la persona solicitante recibe el oficio del envío del listado.

    ¿Como se recibe la respuesta?

    Recibirá un mensaje por SMS o por correu electrónico que le avisará que tiene una notificación electrónica. Podrá acceder a ella a través del servicio e-NOTUM o entrando en su Área privada. En ambos casos, deberá identificarse mediante el idCAT Móvil y/o certificado digital.

    Si es persona física y ha elegido recibir las notificaciones por correo postal, recibirá la notificación en papel en su domicilio.

Fecha de actualización 03.11.2023
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