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  • Participación en los desfiles de la "080 Barcelona Fashion" del mes de octubre de 2026.
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Pasos a realizar

  1. 1. Presentar la solicitud
  2. 2. Recibir la respuesta de la Administración
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Participación en los desfiles de la "080 Barcelona Fashion" del mes de octubre de 2026.

Participación en los desfiles de la "080 Barcelona Fashion" del mes de octubre de 2026.

QUIÉN
Empresas y profesionales
CÓMO
Por Internet
CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 12/06/2026 al 03/07/2026

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Participación en los desfiles de la "080 Barcelona Fashion" del mes de octubre de 2026.

Participación en los desfiles de la "080 Barcelona Fashion" del mes de octubre de 2026.

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Normativa

  • Resolución por la que se regulan el procedimiento y los requisitos para la participación en la trigésima séptima y trigésima octava ediciones del 080 Barcelona Fashion de los meses de abril y de octubre de 2026

    . Abrir en una nueva ventana.

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El objetivo de la convocatoria es seleccionar a los diseñadores/as y marcas que mostrarán sus colecciones en el evento 080 Barcelona Fashion que se celebrará en Barcelona en octubre de 2026.

El evento tiene como objetivo el fomento, la promoción y la internacionalización de la moda y el diseño en Cataluña, potenciando el talento creativo y vinculándolo con el sector industrial para el desarrollo de estas marcas.

080 Barcelona Fashion actúa también como motor de cambio y elemento de concienciación en torno a diferentes valores sociales como la sostenibilidad, la circularidad y la diversidad en la industria de la moda, ofreciendo un espacio de diálogo y reflexión a creadoras, creadores e industria para explorar nuevas formas de expresión, de consumo y de relación. Asimismo, su finalidad es acompañar a las marcas catalanas en su transformación y posicionamiento.

 

El plazo para presentar solicitudes para participar en esta convocatoria comienza a las 9:00 h del 12 de junio de 2026 y finaliza a las 14:00 h del 3 de julio de 2026.

Las solicitudes y otros trámites asociados deben formalizarse exclusivamente por vía electrónica a través de la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya.

La solicitud genérica no es válida para este trámite. Las solicitudes presentadas por este medio no se tendrán en cuenta.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Empresa i Treball
  • Consorci de Comerç, Artesania i Moda de Catalunya (CCAM)
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

Empresas y profesionales. Pueden participar:

  • Diseñadores/as emergentes con establecimiento en Cataluña o ámbito estatal
  • Diseñadores/as con establecimiento en Cataluña o ámbito estatal
  • Marcas de moda con establecimiento en Cataluña y presencia nacional e internacional

El CCAM se reserva el derecho de invitar a diseñadores/as y marcas por méritos o trayectoria.

Plazos

Del 12 de junio de 2026 (9:00 h) al 3 de julio de 2026 (14:00 h).

Documentación

Para personas del apartado a) de la base 2:

  1. a) Información de la colección Primavera/Verano 2027 u Otoño/Invierno 2026-2027 (“see now, buy now”), incluyendo:
  • Tejidos
  • Paleta de colores
  • Número de looks
  • Concepto
  • Siluetas, dibujos, fotografías
  1. b) Fotos o catálogo de las dos últimas colecciones comercializadas (excepto quienes hayan desfilado en las dos últimas ediciones del 080)
    c) Plan de negocio (si no disponen de dos colecciones comercializadas)
    d) Foto del diseñador/a o imagen de marca (jpg alta o tiff 300 dpi)
    e) Logotipo de la marca (png, gif o jpg)
    f) Descripción de acciones en sostenibilidad y circularidad
    g) Acciones contra la presión estética y/o inclusión de diversidad de tallas

Para personas de los apartados b), c) y d):

  1. a) Información de la colección (mismos requisitos que arriba)
    b) Fotos o catálogo de las dos últimas colecciones (con excepción indicada)
    c) Foto del diseñador/a o imagen de marca
    d) Logotipo de la marca
    e) Descripción de acciones en sostenibilidad, circularidad y diversidad

Si la documentación ya obra en poder de la Administración, puede sustituirse por una declaración responsable indicando que no ha habido cambios.

 

Requisitos

Consultar el apartado 4 de la normativa.

Tasas

Las personas seleccionadas deberán abonar:

  • a) 1.300 € (IVA incluido)
  • b) 2.300 € (IVA incluido)
  • c) 3.750 € (IVA incluido)
  • d) 9.300 € (IVA incluido)

El pago debe realizarse mediante transferencia bancaria hasta 30 días antes del evento.

En caso de fuerza mayor que impida participar, se devolverá el importe.

Otras informaciones

Para más información sobre los criterios de selección consultáis la normativa del trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Presentar la solicitud

    Plazos
    Del 12/06/2026 al 03/07/2026

    Este trámite solo se puede hacer por internet.

    Es necesario identificarse cuando se envie el formulario con el idCATMóvil o un certificado digital admitido.

    Por Internet

    Presentar la solicitud

    Iniciar . Acceder a Presentar la solicitud
  2. 2

    Segundo paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    Una vez realizado la selección por parte del Comité de Expertos, las resoluciones de la responsable del Área de Moda del Consorci de Comerç, Artesania i Moda de Catalunya de aceptación o [...]

    Una vez realizado la selección por parte del Comité de Expertos, las resoluciones de la responsable del Área de Moda del Consorci de Comerç, Artesania i Moda de Catalunya de aceptación o desestimación para participar al 080 Barcelona Fashion, dentro del plazo máximo de dos meses desde la presentación de la solicitud, se notificarán  por medios electrónicos a la dirección que el solicitante haya facilitado, a estos efectos, al impreso de solicitud, y esta notificación se entenderá practicada, a todos los efectos legales, en el momento que se produzca el acceso del solicitante a su contenido. Cuando, habiendo constancia de la puesta en disposición de la notificación a la dirección electrónica, transcurran diez días sin que se acceda a su contenido, se entenderá que se ha rechazado la notificación, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material de acceso.

    ¿Se puede presentar un recurso?

    Contra la resolución de aceptación o desestimación de las solicitudes, que no agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de alzada ante el/la conseller/a del departamento responsable del trámite en el plazo de un mes, a contar del día siguiente de la notificación de la resolución, según lo que establece el artículo 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 76 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

    .

Fecha de actualización 16.06.2026
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