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  • Comunicación de inicio de las actuaciones forestales incluidas en un PTGMF / PSGF en fincas privadas
10172 - 10172_Comunicació d'inici d'actuacions incloses i/o programades en un PTGMF / PSGF Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació web
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Pasos a realizar

  1. 1. Comunicar
  2. 2. Recibir respuesta de la Administración
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Comunicación de inicio de las actuaciones forestales incluidas en un PTGMF / PSGF en fincas privadas

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Normativa

  •  
    LEY 7/1999, de 30 de julio, del Centro de la Propiedad Forestal

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  2948  publicado el 09/08/1999)
  • Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  280  publicado el 22/11/2003)
  • ORDEN ARP/122/2017, de 13 de junio, por la que se regulan los instrumentos de ordenación forestal.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7393  publicado el 19/06/2017)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

La resolución de aprobación de los planes técnicos de gestión y mejora forestal (PTGMF) y los planes simples de gestión forestal (PSGF) autoriza todas las actuaciones planificadas.

La propiedad debe comunicar al Centre de la Propietat Forestal (CPF) el inicio de estas actuaciones programadas.

Relación codificada de actuaciones forestales programables i no programables

Este trámite sólo se puede realizar presencialmente si es un particular.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos debe tramitar por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació

Otros organismos relacionados

  • Centre de la Propietat Forestal
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A los propietarios forestales de fincas de titularidad privada que dispongan de un PTGMF / PSGF aprobado y vigente.

Plazos

La comunicación se debe realizar 10 días antes de comenzar los trabajos.

Documentación

Sólo hay que rellenar el impreso de solicitud y adjuntar en la misma el documento pertinente a la actuación / modificación a realizar. (Es el mismo formulario que en la presentación en papel)

Tasas

No has tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones
Hay que comunicar al Centro de la Propiedad Forestal, con una antelación de 10 días, la realización de cualquiera de las actuaciones programables contenidas en los instrumentos de ordenación (PTGMF / PSGF).
 
Este aviso tiene una vigencia de un año y pasado este plazo sin haber finalizado de manera total o parcial la actuación, hay que comunicarlo de nuevo al CPF en caso de que se quiera hacer.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Comunicar

    Este trámite sólo se puede realizar presencialmente si es un particular.

    Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos debe tramitar por internet.

    Al enviar el formulario tiene que identificarse con el idCATMòbil o un certificado digital de persona vinculada.

     

    Por Internet

    Comunicar

    Iniciar . Acceder a Comunicar

    En caso que no pueda tramitar por una incidencia en el sistema, vuelva a intentarlo más tarde.

    Alternativamente, si la incidencia persiste y no puede esperar a hacer el trámite, puede:

    • Utilizar el formulario de instancia genérica que encontrará en la web o en la sede electrónica de su ayuntamiento (o de cualquier otra administración pública). En este caso, recuerde que el cómputo de plazos puede variar y que no tendrán que esperar unos días para poder hacer el seguimiento del trámite desde 'Mi carpeta'.
    • Presentar la documentación en una oficina de registro, si es particular. Consulte el listado de oficinas.

    Presencialmente

    Comunicar

  2. 2

    Segundo paso

    Recibir respuesta de la Administración

    Una vez tramitada la comunicación, en la pantalla aparecerá el número de comunicación, el número de registro de entrada, fecha y hora de tramitación.

    Una vez tramitada la comunicación, en la pantalla aparecerá el número de comunicación, el número de registro de entrada, fecha y hora de tramitación.

    Esta información es necesaria para cualquier consulta o gestión.

    Este trámite servirá para hacer las actuaciones que se informan durante un año desde 10 días después de la fecha de comunicación.

    Como se recibe la respuesta?

    Los autónomos, profesionales, empresas y otros colectivos recibirá una notificación electrónica. Puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.

    Si es un particular recibirá la notificación a la dirección postal que consta en el formulario de solicitud. También podrá acceder a la notificación electrónica a través del servicio e-NOTUM.

     

  3. 3

    Tercer paso

    Consultar el estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En Área privada (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
    • En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI / NIF)
    • En el teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI / NIF).
    • En cualquier Oficina de atención ciudadana (OAC), si es un particular.
Fecha de actualización 21.07.2026
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