¿Qué tienes que saber?
Modalidad A. Llavor para proyectos innovadores con potencial de incorporación en el sector productivo
Las ayudas deben destinarse a proyectos de innovación que se encuentren en la fase inicial de conceptualización del plan para la transferencia de tecnologías o conocimientos y la generación de valor para la sociedad.
El objetivo de las ayudas es financiar las acciones contempladas en el plan para estudiar y/o validar su viabilidad técnica y comercial, y alcanzar un grado de madurez suficiente que permita afrontar con garantías la fase de prueba de concepto o validación del servicio. El grado de madurez técnica y comercial esperado al finalizar los proyectos corresponde a la finalización de la fase de conceptualización del plan de transferencia de acuerdo con las evidencias recopiladas o la opinión de los potenciales clientes, usuarios o beneficiarios, que permita la identificación de un candidato a producto o servicio a desarrollar en la fase de prueba de concepto y/o una propuesta de generación de valor a partir de la tecnología o conocimiento propuesto.
Contacto:
- Juan Antonio Bermejo (juan.antonio.bermejo@gencat.cat)
- Víctor Linares (victor.linares@gencat.cat)
- Bústia TRANSFERÈNCIA AGAUR (transferencia.agaur@gencat.cat)
Resolución: Los edictos de resolución estan disponibles en el tablón electrónico de la Generalitat de Cataluña durante el tiempo establecido por normativa.
Modificaciones e incidencias: En el seguiente enlace, facilitamos los modelos normalizados correspondientes, junto con las indicaciones específicas sobre los pasos a seguir para solicitar, si procede, una modificación de las condiciones de la ayuda.
Justificación: En el siguiente enlace, facilitamos los models normalizados correspondientes y el manual de instrucciones para la correcta justificación de las ayudas, con indicaciones específicas sobre los pasos a seguir para presentar correctamente la documentación, de acuerdo con el sistema de justificación.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
Los equipos de investigación de las universidades del sistema universitario de Cataluña, los centros de investigación, los centros tecnológicos, las fundaciones hospitalarias y las instituciones sin ánimo de lucro. Han de tener como actividad principal la investigación y sede en Cataluña.
Plazo de presentación de solicitudes Modalidad A. Llavor: desde el 27 de Febrero de 2025 hasta el 26 de Marzo de 2025 a les 14.00 horas (hora local de Barcelona)
Los equipos de investigación participantes deberán responsabilizarse de la generación del conocimiento o la tecnología que se quiere valorizar.
Los equipos de investigación deberán estar formados, como mínimo, por dos personas, que deberán cumplir los siguientes requisitos:
- El Científico o Científica Responsable deberá estar en posesión del título de doctorado y deberá estar vinculado o vinculada estatutaria o contractualmente a la plantilla de la universidad o del centro participante y tener plena dedicación.
- El Científico Emprendedor o Científica Emprendedora deberá estar en fase predoctoral o posdoctoral.
No hay tasas asociadas a éste trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar la ayuda
Para más información, ver la guía de presentación de solicitudes Ayudas de Industria del Conocimiento para el año 2025.
Plazos
Del 27/02/2025 al 26/03/2025Para más información, ver la guía de presentación de solicitudes Ayudas de Industria del Conocimiento para el año 2025.
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2
Segundo paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cuándo recibirá la respuesta?En seis meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOGC. Transcurrido este plazo sin resolución expresa, la ayuda solicitada se [...]
¿Cuándo recibirá la respuesta?
En seis meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOGC. Transcurrido este plazo sin resolución expresa, la ayuda solicitada se entiende desestimada por silencio.¿Cómo recibirá la respuesta?
Mediante su notificación de la resolución de concesión en el tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.¿Puede presentar un recurso?
Sí, la resolución de concesión indicará los recursos que puede presentar. -
3
Tercer paso
Aportar documentación
Para realizar este trámite debes tener una solicitud de ayuda ya presentada en la AGAUR. Tienes que disponer del código identificador (código ID) que encontrarás en el acuse de recibo de la solicitud [...]
Para realizar este trámite debes tener una solicitud de ayuda ya presentada en la AGAUR. Tienes que disponer del código identificador (código ID) que encontrarás en el acuse de recibo de la solicitud que hiciste o bien del número de expediente AGAUR asociado a tu solicitud.
El formulario de petición puede ir acompañado de un máximo de 10 documentos relacionados con la situación expuesta.
El nombre de los archivos anexos NO puede contener los siguientes caracteres: acentos, ñ, - , ç, /, &, $ y otros caracteres extraños.